miércoles, 6 de mayo de 2020

VOCABULARIO TÉRMINOS POLÍTICOS



LIBERALISMO POLÍTICO: Filosofía política originada en el siglo XVIII que nace como oposición al despotismo que suponen las monarquías absolutas. El liberalismo propone como alternativa la existencia de formas de gobierno representativas (los gobernados eligen a sus representantes), y recibe su nombre porque se supone que el objetivo último de esa forma de gobierno sería garantizar las libertades individuales de los ciudadanos, para lo cual estas libertades son recogidas en una Constitución.
SEPARACIÓN DE PODERES: Idea propugnada por Montesquieu en su obra “El espíritu de las leyes”. Frente a la concentración de poderes del absolutismo, para asegurar el respeto a los derechos de los ciudadanos, el Liberalismo dividió las competencias de la soberanía entre tres poderes, que debían equilibrarse entre sí, evitando  el predominio de uno sobre los demás: el legislativo (elabora las leyes), el ejecutivo (toma las decisiones de acuerdo a las leyes) y el judicial (juzga si las acciones se ajustan a las leyes).
CONSTITUCIÓN: Ley fundamental de un estado que establece las normas básicas para la organización de los diferentes órganos de su gobierno, así como las relaciones entre estos. En las Constituciones suelen aparecer descritos los derechos (declaración de derechos) y deberes de los habitantes de un estado, la organización y la relación entre los diferentes poderes del estado (legislativo, ejecutivo y judicial).
SOBERANÍA NACIONAL: Este concepto reconoce que el origen del poder se encuentra en el conjunto de los habitantes de un país, la nación. En las constituciones liberales y democráticas se menciona este principio, contemplándose su aplicación (el gobierno del pueblo por el pueblo) mediante la elección de representantes.
SUFRAGIO: Sinónimo de voto; es una de las expresiones máximas de un sistema democrático, el derecho de los ciudadanos de elegir a sus representantes políticos. El sufragio puede ser restringido o censitario y universal.
SUFRAGIO CENSITARIO: La palabra sufragio se refiere al derecho de algunas personas para elegir a sus representantes o para aprobar o rechazar una ley. En el sufragio censitario sólo pueden votar los individuos que gozan de un nivel determinado de renta (normalmente propietarios de tierras o negocios de diversa clase) o un determinado nivel de estudios o categoría social. Esto significaba habitualmente que los pobres y los analfabetos quedaban marginados del derecho al voto.
SUFRAGIO UNIVERSAL: El derecho al voto se extiende a todos los habitantes mayores de edad de un país, siempre entendiendo que, hasta el siglo XX, habitualmente este derecho sólo alcanzaba a los varones, por eso, en ocasiones se le define como sufragio universal masculino. Es un sistema de votación típico de las democracias que se instalan a partir del siglo XX.
MONARQUÍA ABSOLUTA: Sistema político que considera al rey representante de Dios y titular de todos los poderes del Estado, sin restricción alguna y sin que deba rendir cuentas a nadie. El absolutismo ha sido un sistema político propio de muchas épocas, pero con el Antiguo Régimen alcanza gran elaboración teórica, perfeccionando la situación establecida por la monarquía autoritaria.
MONARQUÍA LIBERAL O CONSITITUCIONAL: sistema político que, a diferencia de la monarquía absoluta, en la cual el rey dispone de todos los poderes, los poderes del monarca se ven recortados por la existencia de un Parlamento elegido por votación y por la publicación de una Constitución, cuyas disposiciones legales se encuentran por encima de los poderes reales.
REPÚBLICA: Forma de gobierno en la cual el jefe del estado no lo es de forma hereditaria (como en una monarquía donde el poder pasa de padres a hijos y se ejerce hasta la muerte), sino que los estados republicanos están gobernados por personas que han sido elegidos por votación popular, siendo el Presidente de la República el Jefe del Estado.
DICTADURA: Forma política de gobierno en la que quien está en el poder lo hace sin el consentimiento de los gobernados. En las dictaduras el gobernante ejerce el poder al margen de las leyes, no acepta ningún tipo de control democrático, concentra en sus manos todos los poderes y suspende las principales libertades individuales. Habitualmente las dictaduras son producto de un golpe de estado militar, que puede contar con apoyos civiles más o menos amplios.
CONCORDATO: Nombre que recibe el tratado entre la máxima autoridad eclesiástica (la Santa Sede o Vaticano) y un estado particular.
CORTES: Denominación de varias instituciones de los Estados hispánicos que han experimentado gran evolución desde la Edad Media hasta la actualidad. En el Antiguo Régimen se constituían con la representación de los tres estamentos: nobleza, clero y estado llano. Con el liberalismo, las Cortes o Parlamento pasaron a ser el órgano legislativo y representativo de la nación, reposando en ellas la soberanía nacional. Pueden ser unicamerales o bicamerales. Las Cortes cuyo único cometido es la elaboración de una Constitución se denominan “Cortes Constituyentes


FEDERALISMO: Doctrina política que plantea la necesidad de luchar contra el autoritarismo y el centralismo y defiende la autonomía del individuo, del municipio, de la región y de la federación. Por tanto, propugna la unión de varios estados nacionales en un organismo supranacional dotado de poderes centrales, tal es el caso de Alemania o EE.UU. En España, Pi i Margall fue el principal teórico en el Sexenio Revolucionario, con el Partido Republicano Federal.
FORALISMO: Corriente que defiende la restauración de los privilegios históricos para los territorios forales españoles, especialmente el País Vasco, Navarra, Valencia y Cataluña. Los fueros son propios del Antiguo Régimen y, por ello. el carlismo los tenía como uno de sus objetivos en su lucha contra la consolidación del liberalismo.
GOBIERNO PROVISIONAL: Se le denomina así a los gobiernos resultantes de un proceso revolucionario y no de la decisión de los electores. Generalmente, estos gobiernos provisionales toman una serie de medidas urgentes y convocan elecciones a cortes Constituyentes.
GOBIERNO DE CONCENTRACIÓN: Es aquel en el que participan la gran mayoría de los partidos políticos, de diferentes ideologías, y normalmente enfrentados en sus posturas políticas y sociales. Suele responder a situaciones especialmente difíciles y graves para el estado, arrinconando temporalmente sus diferencias.
LAICISMO: Actitud y doctrina que considera a la religión como un asunto estrictamente personal y privado, propugnando en consecuencia la independencia religiosa del Estado y de la sociedad de toda influencia religiosa. En el terreno político, el laicismo reivindica la separación de la Iglesia del Estado, así como la secularización de la vida civil y de la enseñanza.
LIBERALISMO DOCTRINARIO: Es la doctrina y práctica política asociada al grupo denominado de los doctrinarios, que durante la Restauración borbónica en Francia (1814-1830). Al ser una fórmula de transacción entre la monarquía hereditaria y el gobierno representativo, define la forma de gobierno con un claro pronunciamiento a favor de la monarquía. Este reconocimiento va a llevar aparejado el principio de soberanía compartida, así como estar en contra de la igualdad y del sufragio universal.
OLIGARQUÍA.- Minoría privilegiada que detenta el poder excluyendo al resto de la población. Etimológicamente significa el gobierno de unos pocos. La oligarquía española del siglo XIX y XX estuvo compuesta por  la nobleza y la alta burguesía financiera y terrateniente; hicieron un pacto tácito para gobernar el país según sus intereses, a través del partido moderado o conservador. La oligarquía terrateniente va a ser la gran protagonista del caciquismo.
PARTIDO POLÍTICO: Agrupación de ciudadanos con el objetivo de alcanzar el poder político (a través de unas elecciones), de acuerdo a unas ideas y a un modelo de organización social y económica de la sociedad. Son propias de las sociedades democráticas. Las dictaduras, aunque se oponen al pluralismo político, instauran el dominio de un partido único.
REFERÉNDUM: Proceso jurídico por el que se somete a votación popular algún asunto de especial importancia, para que sea ratificado por el pueblo español. En general, suele ser una pregunta, donde los electores contestan SI o NO.
REGENCIA: Institución que ostenta la Jefatura del Estado tras la muerte o abdicación del rey cuando su sucesor no ha sido elegido o está incapacitado o es menor de edad. Esta institución está regulada en las Constituciones de los Estados monárquicos. También se denomina regencia, la etapa de ejercicio de la misma.
TOTALITARISMO: Se le denomina así al estado en el que éste lo es todo. El estado está por encima de los individuos y por ello no existen libertades políticas, ni públicas ni privadas. El totalitarismo se caracteriza por el ejercicio de la violencia para su imposición, por la concentración de poderes, la exaltación de su líder y la existencia de un único partido, ilegalizando al resto. 



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