Un lugar de encuentro para las clases de Geografía e Historia del Martínez Montañés
viernes, 14 de diciembre de 2018
ESQUEMA DE LAS DESAMORTIZACIONES
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Siglo XIX
miércoles, 12 de diciembre de 2018
TEXTOS SOBRE LA DESAMORTIZACIÓN DEL SIGLO XIX
DESAMORTIZACIÓN DE MENDIZÁBAL. 1836.
“Señora: Vender la masa
de bienes que han venido a ser propiedad del Estado, no es tan solo cumplir una
promesa solemne y dar garantía positiva a la deuda nacional por medio de una
amortización exactamente igual al producto de las ventas; es abrir una fuente
abundantísimo de felicidad pública, vivificar una riqueza muerta... desobstruir
los canales de la industria y de la circulación,... crear nuevos y fuertes
vínculos que liguen a ella; es, en fin, identificar con el trono excelso de
Isabel II, símbolo de poder y de libertad...
El Decreto que voy a
tener la honra de someter a la augusta aprobación de V.M. sobre la venta de
esos bienes adquiridos ya para la nación, así como en su resultado material ha
de producir el beneficio de minorar la fuerte suma de la deuda pública, es
menester que en su tendencia... se funde en la alta idea de crear una copiosa
familia de propietarios, cuyos goces y cuya existencia se apoye principalmente
en el triunfo completo de nuestras altas instituciones.”
Exposición del ministro
Mendizábal a la reina gobernadora. 1836.
“ Atendiendo a la
necesidad y conveniencia de disminuir la deuda pública consolidada, y de
entregar al interés individual la masa de bienes raíces, que han venido a ser
propiedad de la nación, a fin de que la agricultura y el comercio saquen de
ellos las ventajas que no podrían conseguirse por entero en su actual estado, o
que se demorarían con notable detrimento de la riqueza nacional, otro tanto tiempo como se tardara en proceder a su
venta: teniendo presente la Ley de 16 de enero último y conformándome con lo
propuesto por el Consejo de Ministros, en nombre de mi excelsa hija la reina
doña Isabel II, he venido en decretar lo siguiente:
Artículo 1º. Quedan declarados en venta desde ahora todos
los bienes raíces de cualquier clase, que hubiesen pertenecido a las
comunidades y corporaciones religiosas extinguidas, y los demás que hayan sido
adjudicados a la nación por cualquier título o motivo, y también todos los que
en adelante lo fuesen desde el acto de su adjudicación.
Articulo 2º. Se exceptúan de esta medida general los
edificios que el gobierno destine para
el servicio público, o para conservar monumentos de las artes, o para
honrar la memoria de hazañas nacionales. El mismo gobierno publicará la lista
de los edificios que con estos objetos deben quedar excluidos de la venta
pública.
Artículo
3º. Se formará
un reglamento
sobre el
modo
de proceder
a
la venta
de estos bienes, manteniendo en cuanto fuese
conveniente a las
circunstancias actuales
el que decretaron las Cortes de 3 de septiembre de 1820.
Artículo 4º. [...] el pago del precio del remate se hará en uno de estos dos modos: o en títulos de la
deuda consolidada o en dinero en efectivo [...] Todos los compradores [...] satisfarán la quinta parte del
precio del remate antes de que se otorgue la escritura. Las otras cuatro quintas partes se pagarán, a saber: los compradores
con títulos, otorgando obligaciones en los ocho años siguientes [...] y los compradores a dinero, en cada uno de los dieciséis años siguientes [...]
Decreto de 19 de febrero
de 1836.
DESAMORTIZACIÓN DE MADOZ. 1855.
“Doña Isabel II, por
la gracia de Dios y la Constitución, Reina de España: a todos los que las
presentes vieren y entendieren, sabed que las Cortes Constituyentes han
decretado y Nos sancionamos lo siguiente:
Artículo 1º. Se declaran
en estado de venta, con arreglo a las prescripciones de la presente ley, y sin
perjuicio de las cargas y servidumbres a que legítimamente estén sujetos, todos
los predios rústicos y urbanos, censos y foros pertenecientes al Estado, al
Clero, a las Órdenes Militares de Santiago, Alcántara, Montesa y San Juan de
Jerusalén, a cofradías, obras pías y santuarios, a los propios y comunes de los
pueblos, a la Beneficencia y a la Instrucción Pública. Y a cualesquiera otros
pertenecientes a manos muertas, ya estén o no mandados vender por leyes anteriores.
Artículo 2º. Exceptúense
de lo dispuesto en el artículo anterior: los edificios y fincas destinados, o
que el gobierno destinare, al servicio público.
El palacio o morada de cada uno de los muy reverendos arzobispos, y las
rectorías o casas destinadas para habitación de los curas párrocos, con los
huertos o jardines a ellas anejos. Los montes y bosques cuya venta no crea
oportuna el gobierno [...]
Artículo 3º. Se
procederá a la enajenación de todos y cada uno de los bienes mandados vender
por esta ley, sacados a pública licitación las fincas o sus suertes a medida
que lo reclamen los compradores, y no habiendo reclamación, según lo disponga
el Gobierno, verificándose las ventas con la mayor división posible de las
fincas, siempre que no perjudique a su valor.
Artículo 4º. Los compradores de las fincas quedan obligados al pago, en metálico, de la forma siguiente: al contado el 10%, en cada uno de los dos años siguientes el 8% (...) de forma que se
complete en quince
plazos y catorce años.
”
Decreto de 1 de mayo de 1855.
Desamortización de Mendizábal
Desamortización de Madoz
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lunes, 10 de diciembre de 2018
VOCABULARIO MEDIO AMBIENTE
CAMBIO CLIMÁTICO:
El que se está produciendo
a consecuencia de las actividades humanas. La principal responsabilidad del cambio climático recae en las emisiones
de CO2 (dióxido de carbono), responsables del efecto invernadero, que provoca el calentamiento global de la Tierra. También forma parte del cambio climático la destrucción o adelgazamiento de la capa de ozono (agujero de ozono) por la acción de los CFC.
BIODEGRADABLE: Es la capacidad que tienen las
sustancias por el efecto de los microorganismos (principalmente las bacterias
aerobias).
BIODIVERSIDAD: Es la variedad total de seres vivos en
la tierra. La riqueza en especies de una región se puede medir mediante un
índice que relaciona el número de individuos de cada especie con el total de
individuos de todas las especies.
CONTAMINACIÓN: Presencia en el medio ambiente de sustancias que trastornan el equilibrio biológico, produciendo
daños a las plantas, animales o el hombre. Existen diferentes tipos de contaminación: la del aire (atmosférica), la de las aguas, del suelo, acústica, etc. Incluso puede hablarse de contaminación visual, cuando determinadas construcciones o actuaciones afean el
paisaje.
DEFORESTACIÓN: Tala
o destrucción
de la riqueza natural de un bosque, siendo una de las
causas más importantes el fuego, fortuito o provocado.
La deforestación favorece, a la larga, la destrucción de toda la
cubierta vegetal y los procesos de erosión.
DESARROLLO SOSTENIBLE:
Es el modelo de desarrollo que se realiza sin agotar los recursos naturales y manteniendo relaciones de equilibrio con el medio ambiente. El modelo actual de desarrollo industrial no es sostenible a largo plazo porque supone el agotamiento de los combustibles fósiles, la destrucción de los bosques, el cambio climático, etc.
Por tanto, se trata de buscar un modelo alternativo que satisfaga nuestras
necesidades sin comprometer o poner en peligro las necesidades de las
generaciones futuras.
DESERTIZACIÓN: Degradación de los suelos hasta el nivel en que no pueden soportar vida vegetal alguna, y pasan a tener características de desierto zonas que no lo son. Suele ser consecuencia
de actividades humanas, como la deforestación
y la destrucción de la cubierta vegetal, aunque también puede haber causas naturales: cambios en la circulación atmosférica, en los niveles
de radiación solar, etc. (en este caso se habla de desertización).
ECOSISTEMA: sistema formado
por el conjunto de los seres vivos presentes en un lugar determinado con las
mismas condiciones ecológicas y el medio ambiente natural que le es propicio,
con las relaciones que existen entre ellos.
EFECTO INVERNADERO: Retención del calor en las capas bajas de la troposfera. Se produce de modo natural por la presencia de vapor de agua y nubes. La actividad humana lo ha intensificado a causa de la emisión de monóxido de carbono (CO) procedente de la quema de combustibles fósiles. El CO, combinado con el vapor de agua atmosférico produce CO2, elemento que actúa a modo de un cristal: deja pasar la radiación solar,
pero no deja escapar el calor irradiado por el suelo.
ESPACIO PROTEGIDO:
Figura jurídica para la
conservación de los espacios naturales (suelos y potencial biológico de un
ecosistema), definida en España por Ley desde 1989. En función de lo
restringido que este el uso y aprovechamiento de los espacios protegidos, se
establecen varias categorías como Parques Nacionales, Parques Naturales,
Reservas Naturales, Monumentos Naturales y Paisajes protegidos, que abarcan ya
más del 15% del territorio nacional.
IMPACTO MEDIOAMBIENTAL: Efectos
que producen
las actividades humanas sobre
el medio ambiente
(vegetación, fauna, paisaje, contaminación...). En la actualidad es
necesario realizar
estudios de impacto ambiental para poner en marcha determinadas
industrias o para acometer grandes obras públicas (pantanos, autovías,
líneas férreas, etc.)
LLUVIA ÁCIDA:
La que
se produce
como consecuencia
de la
emisión a
la atmósfera de óxidos de azufre o nitrógeno. Combinados estos productos con el vapor
de agua atmosférico,
producen diminutas gotas de ácido sulfúrico y nítrico que destruyen
la vegetación y contaminan fuertemente suelos, aguas, edificios e, incluso,
la salud humana. Las lluvias ácidas más graves se producen en el entorno de centrales térmicas de lignito, como la de As Pontes en Galicia, o la de Andorra.
MAREA NEGRA: Vertido de grandes cantidades de petróleo al mar, normalmente por accidentes de los petroleros. La marea negra supone la muerte de aves y peces por contacto
directo, pero, además, impide el intercambio de oxigeno entre el agua y la
atmósfera, con lo que se produce la muerte del plancton y de la fauna que
depende del mismo.
MEDIO AMBIENTE: Sistema de hechos físicos y biológicos referidos a un espacio e interrelacionados funcionalmente, donde se desarrollan las sociedades humanas. Conjunto de caracteres físicos de un espacio que condicionan la vida de las especies que lo ocupan y que, a la vez, son modificados por ellas.

OZONO
(DESTRUCCIÓN CAPA DE):
Gas (O3) contenido en la estratosfera que forma una capa
que impide la llegada a la tierra de los rayos ultravioletas del sol, nocivos
para la vida vegetal, animal y humana. Esta capa se esta destruyendo (agujero
en la capa de ozono) o, mejor dicho, adelgazando (sobre todo en las regiones
polares) por la contaminación atmosférica de los CFC (clorofluorcarbonatados)
de las industrias, aerosoles, disolventes, aparatos de refrigeración... y que
provocan graves enfermedades en las personas.
PAISAJE
NATURAL:
Es el componente visual y estético del medio ambiente percibido por los seres
humanos y, por tanto, valorado por éstos. Sus características vienen dadas por
las peculiaridades físicas. En España tenemos cuatro paisajes naturales: el
oceánico, el mediterráneo, el de alta montaña y el canario.
PARQUE
NACIONAL:
Área de cierta extensión que presenta uno o varios ecosistemas poco
transformados por la actividad humana y un elevado interés científico,
naturalista, paisajista, educativo o recreativo, por lo que recibe una
protección jurídica específica para su conservación, declarada por la Administración
Estatal. En España están declarados 12 Parques Nacionales,
siendo los primeros los de Covadonga y
Ordesa en 1918, y en Andalucía el de Doñana (1969).
PARQUE NATURAL: Son espacios naturales que merecen una
atención preferente por la singularidad de sus formaciones geológicas, de su
flora o de su fauna, aunque no llegan a la importancia de los Parques
Nacionales, lo que les hace tener un indudable valor ecológico, educativo y
estético. Combinan la conservación de la naturaleza con los aprovechamientos
tradicionales y el turismo rural. Son declarados como tales y gestionados por
los gobiernos autonómicos. Andalucía cuenta con 22 Parques Naturales.
REPOBLACIÓN FORESTAL: Es la política de restauración de la
cubierta vegetal que había en un espacio. Muchas repoblaciones no se hacen con
las especies autóctonas, sino con otras alóctonas de rápido crecimiento y
rentables económicamente, como el pino y el eucalipto, propensas al fuego.
RIESGOS NATURALES: Son los fenómenos extremos del medio
físico que suponen una amenaza para la vida humana, por las consecuencias
catastróficas que pueden traer. Son de dos tipos: geológicos (corrimientos de tierras,
terremotos, volcanes…) y climáticos (desertización, inundaciones, huracanes…).
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